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Periodista. Análisis político en @EconomiaED_. Ex corresponsal TVE en Londres y Rabat. Todos mis artículos 👉 https://nitter.cf/t.co/UHmoyOhKpn

Donostia San Sebastián
Joined February 2012
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"Crónicas de ida y vuelta" Artículos publicados desde 2020 hasta ahora en @EconomiaED_ Digital. Aquí se pueden leer todos 👇 linktr.ee/maidigoras
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Decir que vas y luego no ir. Normal que la gente se cabree.
Altercados en Bilbao tras la suspensión del acto de Vito Quiles elcorreo.com/politica/acto-v…
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Si no sabes porqué tu salario solo te llega hasta el día 20, aquí te lo explican Florentino Felgueroso y @santacruz_s_a
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Crónica de una inadmisión anunciada El lunes por la tarde, mientras media España discutía si cinco magistrados debían esconderse para que no hubiera quórum, escribí que el Constitucional iba a inadmitir el amparo del Defensor del Pueblo por una razón que constaría y por dos que no. La que constaría era la prematuridad: el amparo es subsidiario, el Supremo tenía abierto el trámite de alegaciones y, mientras el juez ordinario pueda reparar una lesión, no hay lesión que amparar. Las que no constarían eran el coste de escribir lo contrario y el supuesto del que nadie quiere hablar. El miércoles, a mediodía, el Pleno votó diez a dos. Ponente, Arnaldo. En contra, Sáez y Campo, que anuncian voto particular. Motivo: prematuro; admitir habría sido, en palabras de la mayoría, “un amparo anticipado, por la puerta de atrás”. Se notificará por auto motivado. Conde-Pumpido, en cabeza. No hubo siete contra cinco. No hubo boicot. No hubo pucherazo ni héroes de la silla vacía. Hubo doce magistrados sentados, una votación y un resultado que nadie puede apropiarse, porque lo firmaron cinco conservadores y cinco progresistas. Los que durante dos días pidieron a los suyos que no acudieran al Pleno deberían pensar qué habría pasado si les hubieran hecho caso: la inadmisión que hoy celebran no habría existido. La segunda razón, la que no consta, la cuenta la cifra. Levantar una cautelar del Supremo en plena campaña, sin oír a las partes y contra el informe de los propios letrados, exigía un texto que explicara por qué no se podía esperar al viernes. Nadie quiso firmarlo. Inadmitir, en cambio, solo exigía reconocer lo que el artículo 123 de la Constitución dice desde 1978: que la legalidad ordinaria es del Supremo y que el Constitucional no es el Supremo del Supremo. Después de la amnistía y de los ERE, esa frase valía más que ciento sesenta mil votos exteriores. La tercera sigue sin escribirla nadie, y es la que importa. La Instrucción de 25 de octubre de 2022 abrió una vía de nacionalidad por simple filiación con un “originariamente español”, sin exilio y sin pérdida de nacionalidad, que no está en la ley de Memoria Democrática y contradice el Código Civil, que al nieto le pide un año de residencia. El auto del Supremo la nombra, Directriz Séptima, II.1º, y ordena desglosar cuántos de los 163.020 inscritos entraron por ahí. Exteriores lleva más de cuarenta días sin contestar. Hasta que conteste, nadie sabe si se está suspendiendo a descendientes de exiliados o a nietos de emigrantes de 1920, y el Constitucional, con buen criterio, ha preferido no averiguarlo por él. El viernes 23 se cierran las alegaciones de los afectados. Después hablará la Sala Tercera: ratificar, modificar o levantar. El 4 de diciembre se abrirán los sobres del voto exterior en las juntas provinciales, con interventores que esta vez sabrán qué preguntar. Nada de eso lo decide ya el Constitucional. Lo decide quien pida a tiempo lo que hay que pedir: el desglose, la custodia separada de los sobres, una sentencia de fondo antes de que la documentación salga de los consulados. Hace tres semanas esto era un asunto de abogados. Hoy es una cuestión de censo, de fechas y de sobres. Las batallas por la democracia casi nunca tienen forma de batalla; tienen forma de requerimiento con acuse de recibo. Y las gana el que estaba allí cuando llegó el acuse.
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El rey ha tenido que salir de su casilla y avanzar en el tablero porque el resto de piezas están a salvarse ellas
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